En general, todos los profesionales que nos dedicamos a las indemnizaciones por daños personales en accidentes de tráfico detectamos algunos aspectos de mejora en la aplicación del nuevo Baremo. Si bien es cierto que las lesiones graves o fallecimientos han mejorado en su reconocimiento indemnizatorio tanto en el “cuantum” del mismo como en el número de personas o familiares afectados, por el contrario, las lesiones leves, las más comunes y habituales en este tipo de accidentes, están sufriendo un durísimo revés indemnizatorio, al restringirse a casi la nulidad el reconocimiento de secuelas. Las compañías aseguradoras, amparándose en los ya tristemente famosos informes médicos concluyentes, rechazan casi siempre reconocer secuelas en los accidentes leves por lo que es necesario “doblarles la voluntad” acudiendo a los Juzgados para lo cual es imprescindible un buen informe médico que rebata los usualmente ridículos y poco fundamentados informes de las aseguradoras.
La experiencia de este despacho es que en un porcentaje elevadísimo, por no decir siempre, los Juzgados están condenando a las aseguradoras a reconocer las indemnizaciones que merecen nuestros clientes con condena en costas.