¿Cuántos días de baja nos corresponden ahora por accidente de tráfico?

No lo leas, escúchalo.

Si te preocupa el tiempo que puedes estar de baja tras sufrir un accidente, has de saber que el pasado 1 de enero entró en vigor un nuevo Baremo de Tráfico, que modifica sustancialmente la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro.

Hasta ese momento, para calcular el llamado «periodo de sanidad» de una persona impedida por un accidente de tráfico se calculaban distinguiendo los días de hospitalización, los impeditivos (aquellos durante los cuales se mantiene incapacitado para las tareas habituales, siempre que durante ese periodo se realizase tratamiento rehabilitador) y los de curación.

Tras el cambio en el Baremo de tráfico, los llamados «días de sanidad» pasan a llamarse «lesiones temporales» y las indemnizaciones se reducen. Este nuevo Baremo establece, básicamente que las lesiones temporales se corresponden con los«días de sanidad» establecidos en el anterior.

Según informan desde el ideal.es, la indemnización por lesiones temporales se divide en tres tras la reforma: por un lado el perjuicio personal básico (indemnización por lesiones temporales a 30 euros diarios), por otro el perjuicio personal particular (complementos a la indemnización anterior, si se cumplen los requisitos) y, por último, el perjuicio patrimonial, que se divide en daño emergente y lucro cesante.

A esa cantidad habrá que añadir unas cantidades distintas por pérdida de calidad de vida muy grave, pérdida de calidad de vida grave y pérdida de calidad moderada. Según LegalCar Abogados, estos cambios todavía no están demasiado claros, por lo que habría que esperar a que se produzcan casos prácticos y se demuestre la forma de aplicarlos.

No obstante, se entiende que en los casos asimilables a los días de baja o impedimento contemplados en el baremo antiguo, se recibirían 52 euros por día, lo que supone una reducción en las indemnizaciones.

Fuente: www.elcorreo.com

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