LESIONES EN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y ASISTENCIA SANITARIA

No lo leas, escúchalo.

Ante los muchos casos de clientes que nos visitan  y que han sufrido lesiones derivadas de un accidente de tráfico y que nos llegan cuando ya se han curado o estabilizado de sus lesiones, sin haber sido correctamente atendidos, o habiendo acudido a centros públicos de salud, con el consiguiente retraso en el inicio de su tratamiento,  perjuicio en la correcta atención médica y probable detrimento en el derecho a exigir una indemnización justa por altas médicas precipitadas, consideramos importante divulgar en qué casos los lesionado tienen derecho a ser atendidos, desde el primer día, en centros médicos privados, con cargo a su póliza del vehículo:

1.- LESIONADOS DEL VEHÍCULO RESPONSABLE DEL ACCIDENTE: En estos casos los ocupantes no conductores tiene derecho a la asistencia médica privada en su condición de terceros no responsables del siniestro, pudiendo reclamar una indemnización a la compañía responsable (en este caso la del propio vehículo en que circulaba) por la lesiones sufridas. Respecto al conductor responsable del siniestro,  también tendrá derecho a tratarse las lesiones en centros médicos de carácter privado de su elección y a cargo de su compañía, en base a los convenios suscritos entre compañías, pero no podrá reclamar indemnización alguna a la Compañía Responsable.

2.- LESIONADOS DEL VEHÍCULO NO RESPONSABLE DEL ACCIDENTE: Conductor y ocupantes tendrán derecho a la curación de sus lesiones en centro médicos privados de su elección y a cargo de la compañía del vehículo responsable y a solicitar indemnización a la compañía responsable.

3.- VEHÍCULOS ROBADOS O SIN SEGURO: En estos casos no se encuentran incluida la asistencia sanitaria en centros privados, al conductor en ningún caso, ni a las víctimas que ocuparen el vehículo voluntariamente siempre que se pruebe que conocía la circunstancia del robo o el no aseguramiento.

4.- LESIONADO NO USUARIOS DE LOS VEHÍCULOS: Son los casos de atropellos, bicicletas, etc. Aquí impera el criterio de la culpabilidad, de modo que si el lesionado no ocupante del vehículo no ha sido culpable tendrá derecho a su asistencia médica privada en base a la póliza del coche que sí intervino, negándosele en caso contrario.

Por lo tanto, en la mayoría de la ocasiones, los lesionados pueden acudir a los centros médicos privados. Nuestro consejo es que si usted ha resultado lesionado a resultas de un accidente de tráfico acuda de inmediato al centro médico privado de su confianza o al que más cómodo le resulte. Para ello solo tiene que comparecer en dicho centro médico y preguntar por el departamento de accidentes de tráfico que todos ellos tienen habilitado manifestando que ha sufrido dicho accidente y aportando, además de sus datos, todos los que disponga del conductor y vehículo responsable.

Es importante recalcar que es posible que le llamen de la compañía de seguros sugiriéndole un centro médico donde dirigirse. Nuestro consejo es rechazar directamente acudir a dicho centro y no hacer caso a cualquier manifestación de la compañía que pueda referirse a la presunta obligación de acudir a ese centro aconsejado y no a otro. Reiteramos que existe, por convenio entre las compañías, absoluta libertad para acudir a cualquier centro, sin que dicha elección pueda suponer gasto alguno y mucho menos perjuicio a la hora de obtener una indemnización justa y adecuada a las circunstancias concurrentes.

Por último, quisiéramos resaltar la importancia NEXO CAUSAL. Es muy importante que acuda cuanto antes a curarse de sus lesiones, en primer lugar, porque cuanto antes lo haga mejor será tratado de sus lesiones, sin que ello tenga que redundar en absoluto en altas antes de tiempo, y en segundo lugar, porque las compañías suelen negarse a asumir la responsabilidad  del accidente si el lesionado inicia su recuperación y tratamiento después de un tiempo no razonable.

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